
Renta garantizada de ciudadanía
Fecha: 17/03/2011
Destinada a ciudadanos y ciudadanas de Castilla y León que carezcan de medios económicos y patrimoniales suficientes.
Esta prestación, que sustituye a la de Ingresos Mínimos de Inserción, tiene en cuenta la evolución de la realidad social y la aparición de nuevas situaciones de necesidad dando respuesta a todas ellas. Con la aprobación del Reglamento que regula el procedimiento administrativo para el reconocimiento del derecho a percibir la renta garantizada de ciudadanía, los ciudadanos pueden solicitar dicha prestación.
La Renta Garantizada de Ciudadanía se define como una prestación social, de naturaleza económica y percepción periódica y se considera como “la última red de protección”, de forma que se reconocerá una vez solicitadas todas las prestaciones a las que puedan tener derechos los destinatarios, se haya resuelto su no concesión o se haya agotado su percepción
Los solicitantes pueden ser los ciudadanos de Castilla y León que tengan residencia legal y estén empadronados al menos con un año de antelación a fecha de presentación de la solicitud, tengan una edad comprendida entre los 25 y 64 años inclusive, salvo excepciones y carezcan de medios económicos y patrimoniales suficientes.
Se considera beneficiarios de la prestación a los solicitantes y a los miembros de su unidad familiar o de convivencia. El importe de esta prestación puede alcanzar una cuantía entre el 80% y el 130% del IPREM, en función del número de miembros de la unidad familiar o de convivencia.
+ información: Junta de Castilla y León